La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca- AUNAP expide medidas de control a la captura incidental de tiburones y rayas marinas

La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca- AUNAP expide medidas de control a la captura incidental de tiburones y rayas marinas

 

  • A partir de mecanismos. participativos para construir herramientas que contribuyan a la sostenibilidad de los recursos, se establecen y ratifican medidas de ordenación, administración y control hacia la disminución de las capturas incidentales asociadas a tiburones y rayas marinas en el territorio nacional. También se establecen medidas para su aprovechamiento sostenible por parte de las comunidades costeras con criterio de sostenibilidad ambiental.
  • En la normativa se centra en la sostenibilidad de los recursos naturales y sus servicios ecosistémicos, para garantizan la seguridad alimentaria de las comunidades pescadoras y las mujeres ahumadoras y platoneras.

Bogotá, 04 de mayo de 2024 (@AUNAPColombia). - Mediante la Resolución 766 del 23 de abril de 2024, consensuada con comunidades, expertos y autoridades del orden local, regional y nacional, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) estableció la normativa con la que se busca proteger las especies de tiburones y rayas marinas susceptibles de ser aprovechadas. De forma paralela, se garantiza la seguridad alimentaria y el derecho al trabajo de comunidades de pescadores artesanales.
Con esta reglamentación se da alcance a lo dispuesto en la resolución 0119 de 2024 (de la AUNAP), y se ratifican medidas de ordenación, administración y control hacia la disminución de las capturas incidentales asociadas a tiburones y rayas marinas en el territorio nacional. Además, se reitera la restricción de cualquier modalidad de pesca dirigida a estas dos especies. Asimismo, se ratifica la prohibición de la práctica de aleteo, la cual consiste en el cercamiento, retención y comercialización de aletas de estas dos especies.
Otras medidas que adopta la resolución consisten en la restricción del uso de cable acerado o metálico en las faenas de pesca, ya que esto incide en una posible captura de tiburón o raya. Tampoco estará permitida la modificación de carnada o utilización de cebo. Asimismo, prohíbe la exportación, reexportación e importación de productos y subproductos de las especies de tiburones y rayas marinas, especialmente aletas de tiburón.
La Resolución 766 también tiene por objetivo mantener el equilibrio ecosistémico de especies de tiburones y rayas marinas que se encuentran vulnerables ante la presión pesquera. Igualmente, al momento de subir a bordo la captura, se deberá efectuar la liberación de ejemplares vivos y hembras grávidas de tiburones. Este protocolo será realizado de forma participativa con las comunidades en un término no mayor a seis meses.

Frente a la importancia de esta resolución, la directora de la AUNAP, Karen Mejía Piñerez, manifestó que esta “es una medida histórica, no solo para la protección de la fauna marina, para la conservación y cuidado de estas dos especies, sino que también nos permite garantizar la soberanía y seguridad alimentaria de familias que viven de la pesca artesanal”.

En relación con la comercialización de los ejemplares capturados de manera incidental solo estará autorizada para nivel local y regional, con el objetivo de proteger el derecho humano a la alimentación de las comunidades pescadoras artesanales y las economías populares. Además, se aclara que frente a las medidas de control, la AUNAP implementará acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo establecido en la resolución, para lo cual podrá coordinar con las autoridades competentes la realización de los operativos respectivos. Igualmente, adelantará las inspecciones que considere pertinentes a las embarcaciones artesanales y negocios de venta de pescado.
Finalmente, los tiburones y rayas marinas capturados de manera incidental y que no puedan ser devueltos vivos al mar, podrán ser aprovechados como productos y subproductos (exceptuando las aletas de tiburón) de acuerdo con los usos, costumbres y tradiciones de las comunidades costeras para contribuir a su seguridad alimentaria.

Para aclarar dudas frente a esta resolución, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, (AUNAP) habilitó el siguiente correo electrónico: consultas.pesca@aunap.gov.co.

 

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La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca -AUNAP, entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR es la entidad encargada de ejecutar la política pesquera y de la acuicultura en el territorio colombiano con fines de investigación, ordenamiento, administración, control y vigilancia de los recursos pesqueros, y de impulso de la acuicultura propendiendo por el desarrollo productivo y progreso social.

 

Número de visitas a esta página 77464 Fecha de publicación 03/05/2024 Última modificación 03/05/2024h

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