SEIS RAZONES PARA CUMPLIR LA VEDA DEL BAGRE RAYADO DEL MAGDALENA QUE INICIA EL 1º DE MAYO

SEIS RAZONES PARA CUMPLIR LA VEDA DEL BAGRE RAYADO DEL MAGDALENA QUE INICIA EL 1º DE MAYO

SEIS RAZONES PARA CUMPLIR LA VEDA DEL BAGRE RAYADO DEL MAGDALENA QUE INICIA EL 1º DE MAYO



• Con compromiso y responsabilidad durante la veda, la AUNAP busca el aprovechamiento racional de los recursos pesqueros a fin de alcanzar su sostenibilidad en el tiempo

• La AUNAP a través de sus Direcciones Regionales, realizará controles a puertos de desembarco, bodegas de acopio y puntos de comercialización de recurso pesquero, en articulación con la Policía Ambiental

Bogotá, Colombia. Abril 30 de 2021 (@Aunapcolombia-@DirectorAunap) La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca – AUNAP, de una manera pedagógica, hace un llamado a toda la ciudadanía para que durante el periodo del 1 al 30 de mayo cumpla con la veda del bagre rayado del Magdalena.

En ese sentido, señala seis razones para cumplir y apoyar esta medida que hace parte de la normatividad pesquera:

• Más bagre rayado para el futuro

Según cifras del Servicio Estadístico Pesquero Colombiano- SEPEC, el Bagre Rayado del Magdalena reportó en 2020 un aumento de próximamente un 20% en las cifra de desembarco, en comparación con el año anterior. Acorde al reporte, en los departamentos Antioquia, Bolívar, Boyacá, Caldas, Cesar, Córdoba, Magdalena, Santander, Sucre y Tolima, en 2019 se capturó un total de 429.155,63 kilos comparado con los desembarcos reportados en 2020 que ascienden a 685.541,13 kilos. Evidenciando, la importancia de este recurso pesquero para la alimentación de la población nacional.

• Responsabilidad con “Lo nuestro”

En los últimos años esta especie endémica ha sido declarada en estado de sobre explotación debido a la degradación de la calidad ambiental de su hábitat y a la presión pesquera producto de su alta demanda.

Esta especie emblemática del Río Magdalena se reproduce durante todo el año con dos picos anuales en cada semestre, temporadas en las que se presenta un mayor número de individuos maduros. Por ello, durante este periodo está prohibida su extracción con cualquier arte o método de pesca, almacenamiento, comercialización y movilización, específicamente en la cuenca que comprende los ríos Magdalena, Cauca y San Jorge.

• Es fuente primordial de ingresos

El Bagre Rayado del Magdalena satisface las necesidades básicas de miles de pescadores a lo largo de la cuenca, siendo el segundo recurso pesquero más importante en volumen de captura en la zona, después del Bocachico. Se estima que en la cuenca del Magdalena existen aproximadamente de 35 a 40 mil pescadores, quienes por la disminución de la pesca del bagre han adoptado otras actividades complementarias como la agricultura, la minería, y otras ambientales con el apoyo de algunas administraciones municipales.

• Explorar nuevas especies para el consumo

Durante esta veda y de manera sostenible, se extiende la invitación a capturar, comercializar y consumir otras especies como: Blanquillo, Dorada, Pacora, Doncella y Capaz, que de igual manera tienen buena aceptación en el mercado. A los consumidores, les permite explorar nuevas opciones para el consumo, degustar de los diversos productos de nuestros mares y ríos, y a acoger como parte de nuestra cultura “la pesca del día”, en mercados, supermercados o restaurantes, que se resume en economía, valor nutricional y más pescado para más generaciones”.

• Aportamos a la sostenibilidad ambiental

La cuenca Magdalena - Cauca equivale al 24% del territorio nacional, cubre 17 departamentos y 128 municipios ribereños. Está formada por el río Magdalena (con una extensión de 1.540 Km de largo) y dos principales tributarios: el río Cauca (1.180 Km) y el río San Jorge (368 Km), escenario principal de la pesca artesanal, actividad realizada por un alto porcentaje de población ribereña tanto en los ríos como en sus ciénagas.

• Evitamos multas y demás sanciones

El incumplimiento de esta medida se considera una infracción al Estatuto Pesquero y un delito ambiental, de acuerdo con el Artículo 38 de la Ley 1453 de junio de 2011“Ilícita actividad de pesca”.

Para verificar el cumplimiento de esta medida de ordenación pesquera, la AUNAP realizará campañas de sensibilización a través de sus canales de comunicación, visitas y operativos a puertos de desembarco, bodegas de acopio y puntos de comercialización de recursos pesqueros, en trabajo mancomunado con la Policía Ambiental de las diferentes regiones del país.
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Fecha de publicación 18/11/2021
Última modificación 12/05/2022

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