CON EL LIDERAZGO DE LA AUNAP AVANZA PROCESO DE REGLAMENTACIÓN DE LA PESCA DEPORTIVA EN COLOMBIA

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Bogotá, febrero 03 de 2021

Bajo un enfoque de uso sostenible y en el marco de un proceso participativo

  • La resolución Nº 2609 del 28 de diciembre del 2020 tiene como único objetivo concertar, formalizar y establecer lineamientos para generar una reglamentación de la pesca recreativa como facultadora de la economía naranja del país.

  • Dentro de los compromisos está la evaluación del proyecto piloto propuesto por los pescadores, la incorporación del artículo aclaratorio para la pesca incidental y los torneos de pesca deportiva, además, de la designación de delegados del Caribe, el Pacifico, la cuenca del Magdalena y la Orinoquía, como parte del equipo para la toma de decisiones.

Bogotá, Colombia. Febrero 03 de 2021 (@Aunapcolombia-@DirectorAunap) La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca – AUNAP expidió el pasado 28 de diciembre del 2020 la resolución Nº 2609 la cual tiene como único objetivo concertar, formalizar y establecer lineamientos para generar una reglamentación de la pesca recreativa bajo un enfoque de uso sostenible y en el marco de un proceso participativo, facultador de la economía naranja del país.

Este proceso que avanza desde 2019, establece en un primer momento el detalle técnico en materia de regulación de artes, aparejos, métodos, zonas, temporadas de pesca y de especies, que aplicará en las regiones del país (Caribe, Pacífico, Andina, Amazonía y Orinoquía), a fin de propender por el “capture y libere” como premisa en las faenas de pesca con fines recreativos, en atención a la oferta natural de recursos pesqueros, y a las particularidades ambientales, socioeconómicas, étnicas y culturales de cada región.

“Queremos hacer algo que beneficie a la actividad, a los sectores, comunidades, empresarios del sector turístico. Este un recurso público y debemos organizarlo; manifestó el director de la AUNAP, Nicolás Del Castillo, en el marco de un encuentro que sostuvo el pasado viernes con pescadores deportivos de Cartagena para escuchar y resolver inquietudes frente la resolución que fue publicada, socializada y se encuentra en etapa de concertación.

Con respeto al artículo séptimo de la Resolución, el cual define el volumen máximo autorizado por pescador con fines de autoconsumo diario: en aguas continentales de máximo dos piezas que no superen 10 Kg, y en el mar máximo dos piezas que no superen 15 Kg; se tomó la determinación de hacer una revisión a este apartado teniendo en cuenta las opiniones allegadas por los pescadores deportivos asociadas a la superioridad en kilos que se suelen capturar en pesca recreativa marina, las especies objetivo como el picudo, además de la importancia de incorporar un artículo aclaratorio en cuanto a pesca incidental y torneos de pesca deportiva.

La AUNAP recibió cada una de las observaciones, las cuales serán evaluadas. A diferencia de la pesca continental, para el caso marino no contamos con la información para definir tallas mínimas las cuales deben también ser avaladas por la Autoridad Ambiental, sin embargo, estamos prestos a recibir propuestas al respecto, agregó el director de la AUNAP. No obstante, consideramos “a lugar” y nos comprometemos a incluir el artículo aclaratorio para los torneos de pesca, en la cual no habría limitante en el volumen por la particularidad de estos certámenes. En cuanto a la definición de artes de pesca se incluirá la denominación “arte de pesca deportiva” solamente para la captura de carnadas.

Por su parte, los pescadores deportivos propusieron hacer llegar a la Autoridad un proyecto piloto que permita fijar los kilos autorizados acorde a la especie, talla mínima, no a nivel genérico como lo enuncia la Resolución mencionada.

Pedro Rodríguez, Presidente Comité de Pesca, Club de Pesca de Cartagena, explicó que como conocedores de la actividad, eje trasversal de esta indagación y sin desconocer, obviamente, los escasos pero relevantes estudios que existen sobre el tema, propondrán una tabla de especies para que sea estudiada y acorde a su pertenencia, eventualmente incluida como parte del Artículo Séptimo.

“Estamos interesados en ayudar a la Autoridad y al país a mejorar las condiciones de nuestros recursos hidrobiológicos; en mitigar los impactos negativos que está generando la pesca indiscriminada, exclusivamente extractiva y realizada por medios nocivos e ilegales; y, por ende, en empoderar la pesca deportiva como una pujante industria que le aporte al crecimiento económico del país, por medio de la reglamentación pesca deportiva Colombia”, agregó Rodríguez.

Dentro de los compromisos establecidos está la designación de un pescador deportivo de Cartagena en representación del Caribe y, a través de ellos, lograr una representación adecuada de Pacifico, la cuenca del Magdalena y la Orinoquía, como parte del equipo del sector privado que hará parte del Comité donde se avanza en la toma de decisiones frente a la normativa que contendrán los diferentes actos administrativos que permitirán regular la pesca deportiva en Colombia.

De igual manera, el próximo jueves 04 de febrero el Director General de la AUNAP se reunirá con los pescadores deportivos continentales para verificar, recibir la respectiva retroalimentación y comentarios, reiterando así la voluntad de trabajo concertado en cada una de los procesos de ordenación pesquera que lidera y adelanta en el país, con el fin de regular el manejo y gestión adecuada, para el caso particular, de esta modalidad de pesca en Colombia.

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Fecha de publicación 18/11/2021
Última modificación 12/05/2022

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